La ONU adopta la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad

29 de diciembre de 2006.- La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el día 13 de Diciembre, y por consenso, una convención que beneficiará a los 650 millones de personas con discapacidades del mundo, el 10% de la población.

El instrumento jurídico internacional pretende dejar atrás las prácticas discriminatorias de que han sido objeto los discapacitados.

En un mensaje leído por el vicesecretario general de la ONU en nombre de Kofi Annan, Mark Malloch Brown señaló que el trato a las personas con discapacidades ha sido lamentable a través de los años.

Destacó que han sido objeto de vergüenza, lástima o caridad y recordó que algunas sociedades han llegado incluso a esconderlos.

La Convención asegurará que las personas con discapacidades disfruten de los mismos derechos humanos en los campos de la educación y el empleo, y que la arquitectura sea adaptada a sus necesidades.

Las previsiones más importantes respecto a accesibilidad audiovisual las encontramos en:

  • Artículo 9: La convención requiere que los países identifiquen y eliminen los obstáculos y las barreras y aseguren que las personas con discapacidad puedan tener acceso a su entorno, al transporte, las instalaciones y los servicios públicos, y tecnologías de la información y las comunicaciones.
  • Artículo 21: Los países deben promover el acceso a la información, proporcionando la información prevista para el público en general en formatos y tecnologías accesibles, facilitando el uso del Braille, el lenguaje por señas y otras formas de comunicación y alentando a los medios de comunicación y a los proveedores de Internet a ofrecer información en línea en formatos accesibles.
  • Artículo 30: Los países deben promover la participación en la vida cultural, el recreo, el tiempo libre y los deportes, asegurando el suministro de programas de televisión, películas, material teatral y cultural en formatos accesibles, haciendo accesibles los teatros, los museos, los cines y las bibliotecas, y garantizando que las personas con discapacidad tengan oportunidad de desarrollar y utilizar su capacidad creativa no sólo en su propio beneficio sino también para enriquecimiento de la sociedad. Los países deben garantizar su participación en las actividades deportivas generales y específicas.
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